El presente texto sugiere que la informalidad es a la vez un lugar de resistencia y una herramienta de gobernanza (adquirida y reforzada por la practica), que configura el panorama político peruano más allá de la democracia liberal. El Estado Peruano opera en la intersección de la excepción soberana de Carl Schmitt1 y el consenso hegemónico de Antonio Gramsci2, donde coexisten la informalidad, el neoliberalismo y la gobernanza autoritaria. Schmitt define la soberanía como la capacidad de declarar la excepción, suspendiendo las normas jurídicas para consolidar el poder. Esto es evidente en la disolución del Congreso por parte de Fujimori en 1992, donde un acto autoritario pero popularmente aceptado redefinió el orden político. Del mismo modo la Constitución de 1993, representa el triundo del consenso hegemónico y la voluntad general.

En el Perú, la informalidad representa un estado de excepción permanente: existe fuera de la legislación, pero esta ilegalidad es tolerada e incluso instrumentalizada por el Estado (a través de las leyes y ordenanzas de titulación). En lugar de oponerse al Estado, la informalidad funciona como un sistema de gobernanza alternativo, afirmando el poder constituyente a través de ocupaciones de tierras, economías informales e infraestructura autoorganizada. Sin embargo, las políticas neoliberales de la democracia parlamentaria absorben la informalidad transformándola en propiedad legal, y de esta manera convierten los asentamientos autogobernados en mercados inmobiliarios.

Para describir la política del espacio y la soberanía dentro del territorio en disputa durante el proceso de urbanizacion informal, el concepto de Nomos (el orden jurídico como control espacial) que emplea Schmitt, revela que la urbanización informal es un acto político-territorial. La gobernanza informal en Perú crea soberanías no estatales, pero el Estado reafirma el control a través de la zonificación y la titulación de tierras. Cabe señalar que el concepto de ordenamiento territorial (OT) sigue estando presente en la retorica normativa del Estado, pero por el momento solo de manera testimonial. Volviendo al planteamiento de Schmitt, la dialectica entre ambos modos de soberanía, representaría en un momento particular e instantaneo, la lucha entre el poder constituyente y la territorialidad gestionada por el Estado.

La gobernanza peruana oscila entre el autoritarismo y decisionismo soberano a través de todas las escalas del Estado Peruano, y la absorción de la informalidad por parte del régimen neoliberal. La pregunta que emerge sería: ¿puede la urbanización informal mantener su poder constituyente en el futuro cercano o será cooptada por el Estado neoliberal? La Política Nacional de Ordenamiento Territorial al 20503 recientemente aprobada, presenta una respuesta, al describir la urbanización informal como un desafío importante, describiéndola como un proceso “no planificado” y “espontáneo” que compromete la sostenibilidad, la previsibilidad de las inversiones y la seguridad pública. Este enfoque, coincide con la interpretacion política del Estado y el réfimen neoliberal, discutida lineas arriba, sugieriendo que la urbanización informal es algo que debe gestionarse, formalizarse o incorporarse a los planes territoriales del Estado.

Referencias

  1. Carl Schmitt. 2005. Political theology: four chapters on the concept of sovereignty. Translated by George Schwab. University of Chicago Press. 

  2. Gramsci, Antonio (1971). Selections from the Prison Notebooks. 

  3. Política Nacional de Ordenamiento Territorial al 2050 (PNOT). Presidencia del Consejo de Ministros. Retrieved from https://www.gob.pe/institucion/pcm/normas-legales/6293589-142-2024-pcm