Los MeReSE en el mercado

El Mecanismo de Retribución de Servicios Ecosistémicos-MeReSE de regulación hídrica, es un esquema institucional diseñado para sostener las actividades de recarga de los acuiferos en las partes altas de una cuenca (contribuyente), asegurando su uso en la zona baja (retribuyente)1.

Estos esquemas son regulados por la superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento-SUNASS y se financian a través de las tarifas del servicio de abastecimiento. La identificación y descripción de los sistemas de gobernanza existentes, es relevante para establecer un esquema descriptivo del proceso de implementacion de las SbN en el contexto peruano de economía de libre mercado.

Derechos y deberes de los aportantes y los receptores

La materialización en las normas de la idea de retribución o pago por servicios ecosistémicos, sugiere la puesta en práctica de las nociones de justicia social y bien común. Ambos principios han sido considerados por los técnicos y funcionarios como la meta a obtener en la gestión de los recursos naturales.

Sin embargo, la distribución de los recursos, dentro del esquema MeReSE, al estar mediada por el mercado incorpora el atributo de distribución desigual en la cuenca, del capital reproducido a través del empleo de esos recursos.

De este modo al definir, en la norma pública, los derechos y deberes de ambas partes (contribuyente y retribuyente), se establece un enlace entre pares que, a través del conflicto y la comunicación, facilita la obtención de objetivos comunes y durables.

Efecto social y económico de las demandas de los aportantes

La operación de los mecanismos de compensación o pago serían una primera aproximación en el camino hacia el reconocimiento progresivo de los derechos de los aportantes privados de los servicios. El desarrollo económico local en los sectores aportantes podría considerarse un indicador de la operación de transferencia del capital hacia esos espacios.

Por tanto, el bienestar de los individuos en las zonas aportantes es un lineamiento a considerar para la verificación de los procesos de cooperación establecidos implicitamente en el mecanismo de los MeReSE.

Finalmente, habra que advertir que ese bienestar, que acompaña al desarrollo, implica la destrucción (creativa) de la actual percepción de aquellos territorios aportantes y por ese motivo creará un nuevo contexto y plataforma socio-espacial para la negociación del uso y gestión de los recursos naturales. El proceso de evolución es continuo.

Referencia

  1. Ley 30215 del 28 de junio del 2014, y su reglamento aprobado por el DS 009-2016-MINAM.